Actualmente la legislación en cuanto a la obligatoriedad de la vacuna de la rabia es autonómica, por tanto, distinta dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que nos encontremos.
La identificación con microchip y vacuna de la rabia es por lo general obligatoria a partir de los 3 meses, deberá estar debidamente registrada en el pasaporte europeo (algunas comunidades aceptan cartilla de vacunación)
- Andalucia: Vacunación anual obligatoria
- Aragón: Vacunación anual obligatoria
- Asturias: Vacunación voluntaria para perros que no sean de raza potencialmente peligrosa
- Baleares: Vacunación anual obligatoria
- Canarias: Vacunación anual obligatoria para perros de origen/traslado fuera de la comunidad
- Cantabria: Vacunación anual obligatoria
- Castilla la Mancha: Vacunación anual obligatoria
- Castilla y León: Vacunación anual obligatoria
- Cataluña: Vacunación voluntaria
- Ceuta: Vacunación anual obligatoria
- Comunidad Valenciana: Vacunación anual obligatoria
- Extremadura: Vacunación anual obligatoria
- Galicia: Vacunación voluntaria
- Madrid: Vacunación anual obligatoria
- Melilla: Vacunación anual obligatoria
- Murcia: Vacunación anual obligatoria
- Navarra: Vacunación cada dos años obligatoria
- País Vasco: Vacunación voluntaria
- Rioja: Vacunación cada dos años obligatoria
Si planeas viajar recuerda que se deberá cumplir no solo la legislación vigente en origen sino también en destino y en la de aquellos territorios que debáis cruzar para llegar a destino.